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Licencia EMI y PI de Luxemburgo 2026: guía para fundadores españoles

Guía 2026 de la licencia EMI y PI en Luxemburgo para fundadores españoles: plazos legales de la CSSF, capital EUR 20k-350k, tasa EUR 30.000, 6 a 9 meses, sello tier-1 para clientes institucionales y ecosistema de fondos.

Licencia EMI y PI de Luxemburgo 2026: guía para fundadores españoles

Luxemburgo como hub institucional para fundadores españoles

Luxemburgo no es el mayor hub EMI o PI de la UE - Lituania e Irlanda lideran - pero es uno de los más prestigiosos. La supervisión de la CSSF es de alta calidad, el ecosistema bancario y de fondos es profundo, y los EMIs/PIs luxemburgueses son aceptados por contrapartes institucionales que rechazan jurisdicciones más pequeñas.

Casos de uso típicos para fundadores españoles: pagos corporate para multinacionales, servicios de tesorería, productos de pago adyacentes a banca privada, gestión de efectivo para distribuidores de fondos. Luxemburgo es también la base natural para fondos UCITS distribuidos en España y LATAM vía CSSF.

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Capital, tasas y proceso

  • PI: EUR 20k/50k/125k según servicios.
  • EMI: EUR 350k.
  • Tasa CSSF: EUR 30.000 al presentar - una de las más altas de la UE, pero incluye evaluación sustantiva.
  • Plazo legal: la CSSF debe resolver en los tres meses siguientes a la recepción de la solicitud completa y, en todo caso, en los doce meses siguientes a su recepción. Si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se entiende denegada (art. 7, apartado 5, para PI y art. 24-3, apartado 3, para EMI, Ley de 10 de noviembre de 2009 sobre servicios de pago).
  • Plazos en la práctica: 6 a 9 meses para expedientes sencillos, hasta 12 meses para estructuras complejas, contando reuniones previas y requerimientos.

Sustancia, sistemas de pago e impuestos

Sustancia: la ley exige que la administración central y el domicilio social estén en Luxemburgo y que al menos parte de la actividad de pago o de emisión de dinero electrónico se ejerza allí (arts. 11 y 24-7 de la Ley de 10 de noviembre de 2009). No impone un requisito de residencia a los directivos. En la práctica: oficina real en Luxemburgo, gestión diaria desde allí y funciones locales de cumplimiento y riesgos.

Sistemas de pago: desde la Ley de 4 de abril de 2025, que aplica el Reglamento de transferencias inmediatas, las PI y las EMI pueden participar en los sistemas de pago designados por el Banque centrale du Luxembourg. Deben notificarlo a la CSSF al menos dos meses antes de solicitarlo y acreditar sus medidas de salvaguarda, gobernanza, acuerdos TIC y un plan de liquidación (arts. 57-2 y 57-3). La misma ley permite salvaguardar los fondos en una cuenta en un banco central, si este lo acepta.

Impuesto de sociedades: 23,87 % de tipo combinado en la ciudad de Luxemburgo desde 2025 - 16 % de impuesto sobre la renta de sociedades, 1,12 % de recargo para el fondo de empleo y 6,75 % de impuesto comercial municipal.


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Preguntas frecuentes

EUR 350.000 de capital inicial para una EMI. PI EUR 20k/50k/125k según servicios PSD2.

EUR 30.000 al presentar - una de las más altas de la UE. Incluye evaluación sustantiva.

La ley da a la CSSF tres meses desde la solicitud completa y nunca más de doce meses desde su recepción; sin resolución, la solicitud se entiende denegada. En la práctica, 6 a 9 meses para un expediente sencillo y hasta 12 meses para estructuras complejas.

El castellano no es lengua administrativa en Luxemburgo. Las lenguas administrativas son el francés, el alemán y el luxemburgués (Ley de 24 de febrero de 1984 sobre el régimen de las lenguas). Si quiere presentar el expediente en inglés, confírmelo con la CSSF en la primera reunión.

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