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Licencia de Entidad de Dinero Electrónico (EDE) – EMI en Europa

Las EDE (Entidades de Dinero Electrónico) emiten dinero electrónico y ofrecen wallets digitales, tarjetas prepago y otras soluciones de pago electrónico – bajo la ley 21/2011 y supervisión del Banco de España.

Licencia de Entidad de Dinero Electrónico (EDE) – EMI en Europa
Licencia de Entidad de Dinero Electrónico (EDE) – EMI en Europa
Licencia de Entidad de Dinero Electrónico (EDE) – EMI en Europa

¿Qué es una EDE (EMI)?

Una Entidad de Dinero Electrónico (EDE) – EMI en inglés – es una entidad licenciada autorizada a prestar servicios de dinero electrónico. Estas entidades emiten dinero electrónico y ofrecen wallets digitales, tarjetas prepago y otras soluciones de pago.

Las EMI emergieron en Europa a partir de 2009, cuando entró en vigor la directiva de dinero electrónico. En España, el régimen está incorporado mediante la ley 21/2011 de dinero electrónico y supervisado por el Banco de España. En pocas décadas, su influencia ha trascendido el continente. Hoy muchas EMI operan globalmente, reguladas bajo la directiva de dinero electrónico (EMD2) y la directiva revisada de servicios de pago (PSD2).

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¿Qué es el dinero electrónico?

El dinero electrónico es un sustituto digital del efectivo. Permite a los particulares realizar transacciones sin efectivo usando fondos almacenados en un soporte electrónico – tarjeta, móvil o plataforma online.

Las EDE prestan sistemas de pago electrónico mediante tarjetas de débito, tarjetas de crédito, transferencias bancarias directas y cheques electrónicos. Otras alternativas incluyen wallets, Bitcoin, criptomonedas y transferencias. Las EDE emiten dinero electrónico en nombre de sus usuarios y aseguran que el valor monetario entregado equivale a los fondos recibidos. El dinero electrónico es aceptado por comercios, retailers online, prestadores de servicios y otras personas jurídicas distintas del emisor.


Requisitos para las EDE

Para certificarse como EDE, un banco central u otro órgano regulador – en España, el Banco de España – revisa la operativa, el cumplimiento regulatorio y la capacidad de salvaguarda de fondos. Son necesarios varios pasos para obtener la licencia e convertirse en EDE.

Primero, la entidad solicita autorización para emitir y gestionar dinero electrónico. La compañía aporta información sobre plan de negocio, gestión, estructura accionarial, solvencia financiera, gobernanza interna, controles y medidas de seguridad. El formulario de solicitud y la documentación requerida pueden consultarse en los portales del Banco de España y del Banco Central de Irlanda aquí.

A continuación, el regulador revisa los requisitos regulatorios y legales, aplica due diligence exhaustiva y evalúa las medidas AML/CTF conforme a la ley 10/2010 y AMLD6.

El regulador analiza la preparación operativa y los mecanismos de protección de la EDE.
Por ello es crítico que la compañía:

  • Disponga de licencia del regulador competente – Banco de España en España, BaFin en Alemania, FCA en Reino Unido, etc.
  • Cumpla los estándares regulatorios y de seguridad (incluido DORA).
  • Entregue reportes financieros periódicos.
  • Mantenga capital suficiente y reservas financieras.
  • Proteja los fondos y datos financieros de sus clientes mediante segregación en cuentas de salvaguarda.

Finalmente, los solicitantes que cumplen todos los requisitos reciben la licencia.


Cómo le ayuda Crassula a convertirse en EDE

Obtener una licencia EDE parece un laberinto de complejidades. Con las herramientas adecuadas y la guía experta, los retos se vuelven oportunidades. Crassula se integra con soluciones AML de primer nivel, lo que asegura monitorización, detección temprana y respuesta inmediata. Con nuestra solución obtiene:

  • Software core sólido para construir una compañía de procesamiento de pagos a comercios.
  • Soporte en licencia y certificaciones ante el Banco de España.
  • Interfaces de usuario pulidas para sus sistemas de pago.
  • Asesoramiento experto durante todo el proceso EDE.
  • Cumplimiento regulatorio simplificado – PSD2, RGPD, ley 10/2010, DORA.
  • Una base robusta para su proyecto financiero.

PREGUNTAS FRECUENTES

Las EDE (Entidades de Dinero Electrónico) – EMI en inglés – son negocios que poseen una licencia específica que les permite emitir dinero electrónico, facilitar pagos digitales y ofrecer otros servicios financieros bajo supervisión del Banco de España y el BCE.

Las EDE y los bancos difieren en el alcance de servicios: las EDE se centran en pagos digitales y emisión de dinero electrónico, mientras que los bancos ofrecen crédito, depósitos, inversión y FX. Las EDE no pueden captar depósitos remunerados tradicionales.

Ofrecen wallets digitales, tarjetas prepago, transferencias P2P, procesamiento de pagos online y emisión de IBAN – con emisión de tarjetas Visa/Mastercard vía BIN sponsor.

La EDE protege los fondos de sus clientes en una cuenta segregada abierta en una entidad de crédito o en el banco central, invirtiendo en activos líquidos de bajo riesgo, o mediante pólizas de seguros, garantías o avales – conforme al artículo 21 de la ley 21/2011 en España.

Obtener una licencia EDE exige sistemas robustos de cumplimiento y gestión de riesgos. La EDE debe implementar controles internos efectivos – ley 10/2010, AMLD6, KYC y procedimientos de reporte al SEPBLAC – y medidas de resiliencia operativa DORA.

Las EDE ofrecen tipos de cambio más favorables, comisiones más bajas en transferencias transfronterizas y procesamiento de pagos más rápido que la banca tradicional – sin las cargas estructurales de la red de oficinas.

Las EDE afrontan riesgos operativos: fraude, brechas, cambios regulatorios, incidentes de ciberseguridad, riesgos de inversión y posible pérdida de fondos – motivo por el cual DORA es aplicable desde enero de 2025.

Las EDE deben cumplir requisitos mínimos de capital inicial y fondos propios. Se exigen al menos 350.000 € de capital inicial para operar como EDE en la UE, más recursos propios calculados según el método A, B o C del artículo 5 de la ley 21/2011.

El plazo varía según país y regulador. Generalmente es un proceso largo que puede durar desde varios meses hasta más de un año, debido a la complejidad de la solicitud, las revisiones regulatorias y el due diligence de socios, accionistas y directivos.

Sí. La solicitud puede denegarse si existen infracciones regulatorias, deficiencias operativas o dudas sobre cumplimiento, solvencia u otros factores. Para maximizar sus opciones, siga las directrices, plazos y requisitos del Banco de España con precisión.

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